top of page

JUZGAN DE AMBIGUO EL EMPLEADOR ÚNICO

Pese a que aceptan que el concepto del empleador único podría traducirse en eficiencia, causan resquemor la ambigüedad y los vacíos del proyecto de ley

Permitir que el gobierno opere como un empleador único está a punto de convertirse en ley.

A su salida de la acostumbrada reunión semanal en Fortaleza, los líderes legislativos Thomas Rivera Schatz por el Senado y Carlos “Johnny” Méndez por la Cámara, aseguraron que, dada la ausencia de obstáculos en la Legislatura para aprobar el proyecto, tan pronto como esta semana, el papel podría pasar a la mesa del gobernador Ricardo Rosselló Nevares para su firma final.

Sin embargo, todavía el concepto de empleador único está nublado de dudas; algunos lo juzgan como un arma de doble filo. El espíritu del proyecto en términos de dotar de eficiencia al aparato gubernamental y cubrir sus necesidades al dedillo en tiempos de escasez económica, se recibe en primera instancia como un acto loable.

Sin embargo, los vacíos y ambigüedades que deja el proyecto de ley siguen siendo objeto de discusión, en la medida que atentan contra las condiciones laborales de los empleados públicos y sus derechos adquiridos.

“Si bien la flexibilización del traslado puede aumentar la eficiencia al mover empleados subutilizados en una unidad a otra donde puedan desempeñarse de forma óptima, también puede ser un arma demasiado poderosa para los frágiles escrúpulos de algunos funcionarios públicos”, ha dejado claro ante la Cámara de Representantes la catedrática Yolanda Cordero Nieves.

La directora de la Escuela Graduada de Administración Pública de la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Río Piedras, defiende su postura debido al historial de uso indebido del mecanismo de traslado “para perseguir políticamente a empleados simpatizantes del partido opositor con el propósito de crearles condiciones de trabajo inaceptables”. PROTECCIÓN A EMPLEADOS. Ante la preocupación que se repitió en las vistas públicas, sobre la posibilidad de que la flexibilidad de movimiento se preste a discrimen y arbitrariedad, la Cámara de Representantes aprobó una serie de enmiendas antes de pasar oficialmente al proyecto a las manos del Senado.

De esa forma, el Proyecto de la Cámara 454 establece que en primera instancia, se deberá identificar empleados que deseen participar de forma voluntaria del plan de movilidad. En segundo lugar, “se deberá tomar en consideración” factores como la necesidad de servicio, la preparación y experiencia del empleado, los años de servicio, el domicilio del empleado, el lugar geográfico de prestación de servicios y los convenios colectivos.

Ante los cambios, el presidente de la Central Puertorriqueña de Trabajadores, Pedro Irene Maymí, quien depuso sus preocupaciones en las vistas públicas, aceptó que el proyecto sonaba “menos malo”. Sin embargo, aún mostró suspicacia con el verbo “deberá”, que a su juicio, se presta para la discreción y no para la obligatoriedad.

“Eso es lo que permite la ambigüedad. El proyecto no es claro y se presta a interpretaciones. Todo depende del crisol con que se mire”, dijo.

Así reaccionó a las palabras de apoyo al proyecto del secretario del Trabajo, Carlos Saavedra. El funcionario aseguró que con las enmiendas “atinadas” de la Cámara, se atienden muchos de los planteamientos de los sindicatos. Entre ellas, deja claro que la movilidad no se podrá utilizar como medida disciplinaria. “Así se garantiza que no se vaya a utilizar para el discrimen”, dijo.

El funcionario elogió el proyecto como como una herramienta nueva que le quita rigidez al proceso actual de traslados y protege a los empleados en contra de despidos.

“Lo importante del empleador único es que el concepto nuevo es la movilidad. Ya existían los traslados, los ascensos y los descensos, pero esto es para garantizar los empleos públicos si algún ente externo, como por ejemplo, la Junta de Control Fiscal, decide que se cierre una agencia. Es una nueva herramienta para que el gobierno defienda el empleo público”, recalcó. Sin embargo, para el profesor Víctor Rivera Hernández, el proyecto aún carece de unas salvaguardas que impidan el despido, el discrimen y la imposición de condiciones de trabajo deplorables.

“Todavía el proyecto no establece unas métricas y unas garantías para que ese discrimen no se produzca. Le deja un espacio muy amplio al gobierno como patrono y a las agencias para hacer unos cambios de empleados agencia a agencia y le deja muy poco espacio al empleado para rebatir, si es que así lo entiende, la legitimidad de ese traslado”, expresó quien fuera secretario del Trabajo bajo el gobierno de Sila Calderón.

Como ejemplo, indicó que no se establece un criterio demográfico ni se divide el país en regiones laborales de manera que se le imposibilite al gobierno la opción de que un empleado que viva en Fajardo sea trasladado a un puesto de trabajo en Mayagüez. De la forma que ha quedado el texto de la ley, se exhorta a echarle el ojo a estos factores, pero no queda como obligación.

“Un empleado de Fajardo es imposible que se mueva todos los días a trabajar a Mayagüez. Se trata de movilidad, de desprendimiento familiar, de gastos adicionales superlativos, de descanso, de horas en la calle”, dijo.

Sin embargo, en casos donde un empleado considere su traslado de agencia a agencia injusto, el secretario del Trabajo, Saavedra, recordó que la movilidad surte efecto 30 días después de la primera notificación hecha al empleado, de manera que tendrá un margen de tiempo para apelar por los mecanismos correspondientes.

Cabe destacar otros dos renglones del proyecto. Por un lado, se fomentará el reclutamiento interno, dándole prioridad a empleados que ya trabajen para el gobierno cuando se abran nuevas plazas.

Por otro, una alianza con la Universidad de Puerto Rico (UPR) podría allegar una cantidad sustancial de fondos a la institución universitaria al pasarle el mando de la capacitación de los empleados en términos de educación continua y readiestramiento, renglón en que el gasto público sobrepasa los $400 millones al año.

TRANSFORMACIÓN DEL GOBIERNO. La ley que firmaría el Gobernador se llamaría “Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico”. Sin embargo, para el profesor Rivera Hernández, lo que presenta el proyecto de ley está lejos de una verdadera transformación.

“Para que haya transformación, tiene que haber un proceso de reingeniería, tiene que haber un proceso de reestructuración de las agencias del gobierno y tiene que haber un proyecto de reformulación de lo que debe ser en Puerto Rico el servidor público en pleno año 2017”, abundó.

Más allá de las ambiciones que contiene el proyecto en sus páginas, el catedrático aspira a que, para llegar a una verdadera reestructuración del gobierno que incida en mayor eficiencia, hay que plantearse el perfil del servidor público. A su juicio, debe ser “un servidor público educado, preparado en áreas de especialidad pero con un entendimiento sistémico del gobierno, con un alto sentido de pertenencia de lo que significa el gobierno como proveedor de servicios, que pueda seguir creciendo dentro del gobierno, adquiriendo destrezas gerenciales y ejecutivas”.

Ese escenario se logra bajo el principio de mérito, agregó. Entre las enmiendas incorporadas por la Cámara, modifica la definición de principio de mérito, y se establece que este es el principio que debe regir la administración pública. Sin embargo, para Rivera Hernández, desde hace muchos años, es letra muerta, “un artículo inoperante que no tiene ningún tipo de practicidad”. “Más ha podido el factor político partidista que el factor del mérito”, señaló.

Además, el proyecto establece que la actual Oficina de Capacitación y Asesoramiento en Asuntos Laborales de Administración y de Recursos Humanos (OCALARH) pasaría a ser la Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos del Gobierno de Puerto Rico. Esta tendrá un año y medio a partir de la vigencia de la ley para culminar el Plan de Clasificación y de Retribución Uniforme con las agencias pertinentes.

Sin embargo, para el profesor, 18 meses es muy poco tiempo para realizar un diagnóstico comprensivo y profundo de la reestructuración interna del gobierno, debido a la seriedad y envergadura del proceso.

A su vez, criticó la Ley 7 implementada bajo el gobierno de Luis Fortuño y la Ley 66 bajo Alejandro García Padilla, como causales del desmantelamiento de la estructura gubernamental. “No solo incide en la insuficiencia de empleados sino que recrudece la ineficiencia en los servicios que las agencias ofrecen”, dijo.

“Decir que el gobierno necesita una plantilla menor si no va acompañado de un proceso que garantice eficiencia, no se va a traducir en un gobierno más operacional y más funcional. Es incorrecta la ecuación de que lo que el gobierno necesita son menos empleados. Lo que el gobierno necesita es empleados matemáticamente distribuidos en donde se necesitan sus servicios, pero a la misma vez, procesos de racionalidad operacional y de reingeniería de procesos que garanticen la eficiencia de los procesos de los servicios, y eso el proyecto no lo toca”, concluyó.

Por último, ambos catedráticos de la Escuela de Administración Pública, criticaron el poder que se le daría a la nueva OCALARH, una agencia “pequeña y desmantelada” con una seria “crisis de identidad” que afecta su legitimidad. Para la profesora Cordero Nieves, se trata de un embudo burocrático la centralización de los trámites de recursos humanos de 100 mil empleados.

Actualmente, el proyecto se discute en la Comisión de Gobierno del Senado. Su presidente, Miguel Romero, senador y secretario del Trabajo bajo el gobierno de Fortuño, adelantó que el proyecto podría sufrir más enmiendas. Entre estas, propondría que la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) y OCALARH informen periódicamente a la Asamblea Legislativa las economías generadas y la cantidad de empleos retenidos producto de la implementación de la nueva política.

Permitir que el gobierno opere como un empleador único está a punto de convertirse en ley.

A su salida de la acostumbrada reunión semanal en Fortaleza, los líderes legislativos Thomas Rivera Schatz por el Senado y Carlos “Johnny” Méndez por la Cámara, aseguraron que, dada la ausencia de obstáculos en la Legislatura para aprobar el proyecto, tan pronto como esta semana, el papel podría pasar a la mesa del gobernador Ricardo Rosselló Nevares para su firma final.

Sin embargo, todavía el concepto de empleador único está nublado de dudas; algunos lo juzgan como un arma de doble filo. El espíritu del proyecto en términos de dotar de eficiencia al aparato gubernamental y cubrir sus necesidades al dedillo en tiempos de escasez económica, se recibe en primera instancia como un acto loable.

Sin embargo, los vacíos y ambigüedades que deja el proyecto de ley siguen siendo objeto de discusión, en la medida que atentan contra las condiciones laborales de los empleados públicos y sus derechos adquiridos.

“Si bien la flexibilización del traslado puede aumentar la eficiencia al mover empleados subutilizados en una unidad a otra donde puedan desempeñarse de forma óptima, también puede ser un arma demasiado poderosa para los frágiles escrúpulos de algunos funcionarios públicos”, ha dejado claro ante la Cámara de Representantes la catedrática Yolanda Cordero Nieves.

La directora de la Escuela Graduada de Administración Pública de la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Río Piedras, defiende su postura debido al historial de uso indebido del mecanismo de traslado “para perseguir políticamente a empleados simpatizantes del partido opositor con el propósito de crearles condiciones de trabajo inaceptables”. PROTECCIÓN A EMPLEADOS. Ante la preocupación que se repitió en las vistas públicas, sobre la posibilidad de que la flexibilidad de movimiento se preste a discrimen y arbitrariedad, la Cámara de Representantes aprobó una serie de enmiendas antes de pasar oficialmente al proyecto a las manos del Senado.

De esa forma, el Proyecto de la Cámara 454 establece que en primera instancia, se deberá identificar empleados que deseen participar de forma voluntaria del plan de movilidad. En segundo lugar, “se deberá tomar en consideración” factores como la necesidad de servicio, la preparación y experiencia del empleado, los años de servicio, el domicilio del empleado, el lugar geográfico de prestación de servicios y los convenios colectivos.

Ante los cambios, el presidente de la Central Puertorriqueña de Trabajadores, Pedro Irene Maymí, quien depuso sus preocupaciones en las vistas públicas, aceptó que el proyecto sonaba “menos malo”. Sin embargo, aún mostró suspicacia con el verbo “deberá”, que a su juicio, se presta para la discreción y no para la obligatoriedad.

“Eso es lo que permite la ambigüedad. El proyecto no es claro y se presta a interpretaciones. Todo depende del crisol con que se mire”, dijo.

Así reaccionó a las palabras de apoyo al proyecto del secretario del Trabajo, Carlos Saavedra. El funcionario aseguró que con las enmiendas “atinadas” de la Cámara, se atienden muchos de los planteamientos de los sindicatos. Entre ellas, deja claro que la movilidad no se podrá utilizar como medida disciplinaria. “Así se garantiza que no se vaya a utilizar para el discrimen”, dijo.

El funcionario elogió el proyecto como como una herramienta nueva que le quita rigidez al proceso actual de traslados y protege a los empleados en contra de despidos.

“Lo importante del empleador único es que el concepto nuevo es la movilidad. Ya existían los traslados, los ascensos y los descensos, pero esto es para garantizar los empleos públicos si algún ente externo, como por ejemplo, la Junta de Control Fiscal, decide que se cierre una agencia. Es una nueva herramienta para que el gobierno defienda el empleo público”, recalcó. Sin embargo, para el profesor Víctor Rivera Hernández, el proyecto aún carece de unas salvaguardas que impidan el despido, el discrimen y la imposición de condiciones de trabajo deplorables.

“Todavía el proyecto no establece unas métricas y unas garantías para que ese discrimen no se produzca. Le deja un espacio muy amplio al gobierno como patrono y a las agencias para hacer unos cambios de empleados agencia a agencia y le deja muy poco espacio al empleado para rebatir, si es que así lo entiende, la legitimidad de ese traslado”, expresó quien fuera secretario del Trabajo bajo el gobierno de Sila Calderón.

Como ejemplo, indicó que no se establece un criterio demográfico ni se divide el país en regiones laborales de manera que se le imposibilite al gobierno la opción de que un empleado que viva en Fajardo sea trasladado a un puesto de trabajo en Mayagüez. De la forma que ha quedado el texto de la ley, se exhorta a echarle el ojo a estos factores, pero no queda como obligación.

“Un empleado de Fajardo es imposible que se mueva todos los días a trabajar a Mayagüez. Se trata de movilidad, de desprendimiento familiar, de gastos adicionales superlativos, de descanso, de horas en la calle”, dijo.

Sin embargo, en casos donde un empleado considere su traslado de agencia a agencia injusto, el secretario del Trabajo, Saavedra, recordó que la movilidad surte efecto 30 días después de la primera notificación hecha al empleado, de manera que tendrá un margen de tiempo para apelar por los mecanismos correspondientes.

Cabe destacar otros dos renglones del proyecto. Por un lado, se fomentará el reclutamiento interno, dándole prioridad a empleados que ya trabajen para el gobierno cuando se abran nuevas plazas.

Por otro, una alianza con la Universidad de Puerto Rico (UPR) podría allegar una cantidad sustancial de fondos a la institución universitaria al pasarle el mando de la capacitación de los empleados en términos de educación continua y readiestramiento, renglón en que el gasto público sobrepasa los $400 millones al año.

TRANSFORMACIÓN DEL GOBIERNO. La ley que firmaría el Gobernador se llamaría “Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico”. Sin embargo, para el profesor Rivera Hernández, lo que presenta el proyecto de ley está lejos de una verdadera transformación.

“Para que haya transformación, tiene que haber un proceso de reingeniería, tiene que haber un proceso de reestructuración de las agencias del gobierno y tiene que haber un proyecto de reformulación de lo que debe ser en Puerto Rico el servidor público en pleno año 2017”, abundó.

Más allá de las ambiciones que contiene el proyecto en sus páginas, el catedrático aspira a que, para llegar a una verdadera reestructuración del gobierno que incida en mayor eficiencia, hay que plantearse el perfil del servidor público. A su juicio, debe ser “un servidor público educado, preparado en áreas de especialidad pero con un entendimiento sistémico del gobierno, con un alto sentido de pertenencia de lo que significa el gobierno como proveedor de servicios, que pueda seguir creciendo dentro del gobierno, adquiriendo destrezas gerenciales y ejecutivas”.

Ese escenario se logra bajo el principio de mérito, agregó. Entre las enmiendas incorporadas por la Cámara, modifica la definición de principio de mérito, y se establece que este es el principio que debe regir la administración pública. Sin embargo, para Rivera Hernández, desde hace muchos años, es letra muerta, “un artículo inoperante que no tiene ningún tipo de practicidad”. “Más ha podido el factor político partidista que el factor del mérito”, señaló.

Además, el proyecto establece que la actual Oficina de Capacitación y Asesoramiento en Asuntos Laborales de Administración y de Recursos Humanos (OCALARH) pasaría a ser la Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos del Gobierno de Puerto Rico. Esta tendrá un año y medio a partir de la vigencia de la ley para culminar el Plan de Clasificación y de Retribución Uniforme con las agencias pertinentes.

Sin embargo, para el profesor, 18 meses es muy poco tiempo para realizar un diagnóstico comprensivo y profundo de la reestructuración interna del gobierno, debido a la seriedad y envergadura del proceso.

A su vez, criticó la Ley 7 implementada bajo el gobierno de Luis Fortuño y la Ley 66 bajo Alejandro García

Padilla, como causales del desmantelamiento de la estructura gubernamental. “No solo incide en la insuficiencia de empleados sino que recrudece la ineficiencia en los servicios que las agencias ofrecen”, dijo.

“Decir que el gobierno necesita una plantilla menor si no va acompañado de un proceso que garantice eficiencia, no se va a traducir en un gobierno más operacional y más funcional. Es incorrecta la ecuación de que lo que el gobierno necesita son menos empleados. Lo que el gobierno necesita es empleados matemáticamente distribuidos en donde se necesitan sus servicios, pero a la misma vez, procesos de racionalidad operacional y de reingeniería de procesos que garanticen la eficiencia de los procesos de los servicios, y eso el proyecto no lo toca”, concluyó.

Por último, ambos catedráticos de la Escuela de Administración Pública, criticaron el poder que se le daría a la nueva OCALARH, una agencia “pequeña y desmantelada” con una seria “crisis de identidad” que afecta su legitimidad. Para la profesora Cordero Nieves, se trata de un embudo burocrático la centralización de los trámites de recursos humanos de 100 mil empleados.

Actualmente, el proyecto se discute en la Comisión de Gobierno del Senado. Su presidente, Miguel Romero, senador y secretario del Trabajo bajo el gobierno de Fortuño, adelantó que el proyecto podría sufrir más enmiendas. Entre estas, propondría que la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) y OCALARH informen periódicamente a la Asamblea Legislativa las economías generadas y la cantidad de empleos retenidos producto de la implementación de la nueva política.

Acceda a la noticia aquí


Regístrate para

recibir nuestras

 

NOTIFICACIONES 

¡Tu registro ha sido exitoso!

SÍGUENOS

  • Facebook Long Shadow
  • YouTube Long Shadow
  • Google+ Social Icon
  • Twitter Long Shadow
bottom of page