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A transformar las reglas de empleo

Expertos en economía y legislación del trabajo analizan el proyecto de administración que propone una amplia reforma laboral en la empresa privada

Una de las apuestas de la administración de Ricardo Rosselló Nevares para detener la fuga de talento, aumentar los empleos y mejorar la economía es reformar las leyes laborales, un reclamo que ha hecho por décadas el sector privado.

Como respuesta a esa petición, en los primeros días del cuatrienio se radicó un proyecto de administración (PS 0212 y el PC 0453) que enmienda varios estatutos relacionados con la jornada laboral y los beneficios del empleado. Al cierre de esta edición, el mismo estaba presto a ser aprobado en la Cámara de Representantes.

El objetivo de la medida, según la exposición de motivos, es crear más oportunidades de trabajo y que crezca el nivel de empleos en el sector privado. En la actual coyuntura fiscal y económica, eso es crucial puesto que la tasa de participación laboral en Puerto Rico es tan baja que apenas llega al 40% y el desempleo ha estado por décadas en doble dígito (en noviembre de 2016 marcó 11.9%).

Cabe destacar que en las más de 80 páginas del proyecto no se indica a cuánto podría subir la tasa de participación o cuánto bajaría el desempleo, de aprobarse la medida. Tampoco el gobernador, ni portavoces del sector privado han ofrecido estimados.

Las voces a favor y en contra del proyecto no se han hecho esperar. Negocios se dio a la tarea de revisar el proyecto para conocer más a fondo los cambios que propone. Entrevistó, además, a líderes del sector privado, abogados, a uno de los autores principales de la medida, a un ex secretario del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH) y a un ex Procurador del Trabajo, así como a un economista que también es empresario, y otros representantes del sector privado quienes opinaron sobre la medida.

Lo primero que hay que establecer, dijeron los entrevistados, es que esta reforma impactará a los empleados de la empresa privada. Algunos cambios impactarán solo a los que comiencen a trabajar después de aprobado el estatuto, mientras otras enmiendas afectarán a todos los empleados de inmediato, incluyendo a altos ejecutivos y al personal no exento.

“Los cambios relacionados con las licencias de vacaciones y de enfermedad y con el bono de Navidad aplicarán a los empleados nuevos solamente. Los otros cambios, los que no se refieren a los beneficios del empleado, aplicarán a todo el mundo en la empresa privada”, sostuvo el abogado Jorge Capó, socio del bufete O’Neill & Borges y quien redactó gran parte de esta medida. Agregó que ningún empleado cubierto por una unión le aplicarán estas leyes. “FLEXITIME”. Uno de los cambios principales es el que procura flexibilizar la jornada laboral, incluyendo el que los empleados puedan trabajar hasta 10 horas diarias por un periodo de cuatro días, sin que ello conlleve el pago de horas extra. En dicho caso, la jornada semanal seguiría siendo de 40 horas, y los trabajadores tendrían tres días libres, en vez de dos.

La medida, autoriza los itinerarios de trabajo semanal alternos y flexibiliza el periodo de tomar alimentos.

La controversia mayor en cuanto al llamado “flexitime” ha sido si será opción del empleado escoger si quiere trabajar ocho o 10 horas diarias. La realidad es que aunque se estipula que será “voluntario”, el patrono será quien decida si lo implanta o no en su empresa.

“Es voluntario, pero si te voy a contratar yo te digo: ‘Aquí hay flexitime. Si quieres trabajar, tienes que firmar que lo aceptas’. Es tan voluntario como todos los contratos de empleo son voluntarios”, aseveró Capó. Añadió que después de un año cualquiera de las dos partes podría retractarse, pero en la práctica ve difícil que el patrono lo elimine. Si es el empleado el que se arrepiente, es probable que no tenga opción y tenga que abandonar el empleo.

El “flexitime” no se implementará en todas las industrias ni puestos de trabajo; cada patrono decidirá si lo adopta o no y en qué áreas, según su necesidad. Tampoco significa que los empleados tendrán los viernes o los lunes libre, como suele pensarse.

El horario de trabajo y los días que el trabajador tendrá libres los determinará el patrono, y este podrá notificar al empleado con un ciclo alterno de 24 horas, siempre y cuando la notificación sea por escrito en un término no menor de cinco días previo al inicio del ciclo alterno.

Waleska Rivera, presidenta de Danosa Caribbean, y expresidenta de la Asociación de Industriales, sostuvo que la idea de implementar el “flexitime” en Danosa le parece una propuesta interesante.

Durante largo tiempo, sus empleados le han pedido trabajar cuatro días a la semana y ahora, de aprobarse la medida, “y si la producción lo permite, tal vez podamos hacerlo”, indicó.

Rivera agregó que pese a las críticas que se le han hecho a la medida, ella se considera una empresaria justa y “no creo que mis empleados se perjudiquen con este proyecto”.

Pero para el ex Procurador del Trabajo, Félix Bartolomei, quien preside el Instituto Legal Laboral y de Mediación (ILLM), el “flexitime” no creará más empleos, como persigue el proyecto. Por el contrario, lo que pretende, según él, es ahorrarle dinero al patrono. “Este es el proyecto que estaba buscando hace tiempo el sector privado, pero es un retroceso. La jornada de ocho horas que conocemos hoy ha costado sudor, cárcel y vidas”, subrayó Bartolomei.

Sobre la semana comprimida, insistió que la propuesta es inconstitucional al proponer una jornada diaria de 10 horas. “La Constitución dice que no podrá trabajarse más de ocho (horas) diarias, excepto paga extraordinaria, nunca menor de tiempo y medio. En todos los países, el derecho laboral general es protector e irrenunciable”, manifestó Bartolomei, quien cursa un doctorado en Derecho de la Empresa en México, en consorcio con la Universidad Complutense de Madrid y cuya tesis doctoral trata sobre el principio de la irrenunciabilidad.

Ruy Delgado Zayas, ex titular del DTRH, es otro de los opositores del “flexitime”. “Eso no está de moda. En Estados Unidos se usa donde la persona tiene que trabajar fuera del lugar donde vive. Todos los estudios demuestran que la productividad disminuye después de la sexta hora y que las jornadas prolongadas perjudican la salud y aumentan el riesgo de accidentes y enfermedades”, indicó.

ADIÓS AL DOMINGO DE PAGA DOBLE. El proyecto establece, además, que el día de descanso se pagará a tiempo y medio, y no doble como ocurre ahora en algunas industrias, entre ellas en restaurantes, comercios, hoteles y hospitales. Propone también que se derogue la Ley de Cierre, y con ello se eliminaría la paga especial de $11.25 para los que trabajan el domingo.

De hecho, se uniforma el pago de horas extra para que siempre se pague a tiempo y medio.

La medida permitirá que el empleado que falte pueda solicitar reponer las horas en esa semana -hasta 12 horas máximo-, sin que conlleve el pago de horas extras.

BONO DE NAVIDAD. Se aumentan de 700 a 1,350 las horas que el empleado deberá trabajar al año para tener derecho al bono. Además, se reduce de 3%a 2% el porcentaje de salario a pagar, hasta un máximo de $600.

Los empleados que laboren en empresas de 20 empleados o menos, el bono máximo que recibirán será de $300. La ley vigente establece una distinción, pero para negocios con 15 empleados o menos.

Para los empleados nuevos contratados después de aprobada la ley, el bono será de solo 50% por los primeros dos años. Esto incluye a todos los empleados que cambien de empleo.

Estoy convencido de que los empleos no van a aumentar con esta legislación. Habrá más empleados desmotivados y consumidores empobrecidos; y los patronos deben procurar lo contrario, motivar al personal para que se sienta comprometido con la empresa” “Las leyes actuales fomentan el ocio. Las vacaciones, el bono, y la Ley 80 crean un sentido de pertenencia y seguridad tal, como de que ‘no me pueden botar’ y por eso, no dan el mejor desempeño” RICKY CASTRO Presidente de Castro Business

Enterprises y de MIDA después de aprobada esta ley.

Ramón Leal, presidente de la Asociación de Restaurantes (ASORE), y miembro de la Coalición del Sector Privado, explicó que este proyecto “flexibiliza una maraña de leyes que han creado una carga muy fuerte y reglas complejas para el patrono”. Como ejemplo de esa carga, Leal mencionó precisamente el bono de Navidad que hoy es de $600.

“Hubo una buena intención al subirlo, pero el modelo de negocios hoy ya no lo aguanta y por eso hay muchas compañías que no pueden darlo”, comentó sobre el bono.

En contraste, para Bartolomei, los cambios propuestos al bono de Navidad, no son efectivos, pues dijo que aun trabajando más horas, los empleados nuevos no tendrán derecho a recibirlo, pese a que será un monto menor. “Esa parte del proyecto es genial”, dijo con ironía, al tiempo que explicó que los $200 de bono de Navidad que recibieron los trabajadores desde el año 1969 hasta el año 2005, según los estudios actuariales equivalían a unos $79 en el año 2006.

Esto implica que una década después, el valor de esos $200 es aún más bajo. Agregó que para las elecciones de 2004 los tres partidos políticos principales tenían en sus plataformas aumentar el bono de Navidad porque estaban conscientes que “ese dinero vuelve a la economía y si el patrono no podía pagarlo, podía pedir exoneración”, tal y como ocurre al presente.

PERIODO PROBATORIO. Otra enmienda propuesta que ha causado ruido es el aumento del periodo probatorio a 18 meses, la cual contó, esta semana, con el respaldo del designado secretario del DTRH, Carlos Saavedra, en la vista pública.

Tanto Bartolomei como Delgado Zayas coincidieron por separado en que el tiempo es muy largo y lo tildaron de “exagerado”. “Habrá puestos profesionales y gerenciales que requieran más tiempo probatorio, pero para trabajos básicos, ‘entry level’, el periodo probatorio vigente es suficiente”, dijo el ex Procurador del Trabajo.

Sin embargo, Capó opinó que el aumentar dicho periodo a 18 meses animará a los patronos a reclutar empleados, pues habrá más tiempo para evaluarlos, y si no trabajan como se espera, podrán despedirlos sin pagar penalidad.

DESPIDOS. Una de las leyes que más resienten los patronos es la Ley 80 de 1976, conocida como la Ley de in- demnización por despido sin justa causa. La medida propuesta la simplifica y reduce las penalidades para el patrono, al estipular que la remuneración nunca será mayor a nueve meses de sueldo, y la misma estará exenta del pago de contribuciones.

Se añadió también una razón adicional para justificar la reducción de personal, y es, según el texto del proyecto, cuando se haga necesario con el propósito de aumentar la competitividad o productividad del establecimiento. A FOMENTAR EL BUEN DESEMPEÑO.

Ricky Castro, presidente de Castro Business Enterprises y de la Cámara de Mercadeo, Industria y Distribución de Alimentos (MIDA), indicó que apoya el proyecto “por una razón muy sencilla: las leyes actuales fomentan el ocio”, sentenció.

“Las vacaciones, el bono, y la Ley 80 crean un sentido de pertenencia y seguridad tal, como de que ‘no me pueden botar’ y por eso, no dan el mejor desempeño. Por eso las empresas tienen empleados que no dan el 100%”, abundó el empresario.

Castro señaló que si los empleados tuvieran que trabajar para ganarse sus beneficios, entonces darían el máximo. A su juicio, esta medida busca cambiar esa filosofía de trabajo al intentar equiparar algunos de los estatutos locales con los que existen en los Estados Unidos. “En Puerto Rico, las leyes laborales no propician esa cultura, pero en Estados Unidos sí”.

CAMBIO QUE LEVANTA CRÍTICAS. Por otra parte, otra enmienda controvertida en la Ley 80 que ha levantado preocupación es la que dice que le corresponderá al empleado, y no al patrono como ha sido hasta ahora, el probar que el despido fue injustipleo ficado.

“El empleado no sabe por qué lo despidieron. El que tiene que justificarlo es el patrono”, expresó el ex Secretario del Trabajo, quien tampoco favorece ese cambio en el estatuto. Por su parte, el economista José Caraballo Cueto, comentó que cuando una persona queda desempleada, se le acumulan las deudas y es probable que no tenga dinero para contratar un abogado que lo represente contra su ex patrono. Agregó que este cambio, de aprobarse, podría afectar incluso a los profesionales que hoy defienden estas enmiendas.

Mientras, Bartolomei explicó que en el derecho laboral existe el principio “in dubio pro operario”, que significa que en caso de duda, la legislación se interpretará a favor del trabajador u operario. “Por eso, el despido se presume injustificado por una protección al trabajador, es para que se equiparen las fuerzas. Al eliminar esa presunción, se deja en desventaja al empleado”, manifestó.

La medida señala que si dentro de los seis meses subsiguientes a los despidos, el patrono tiene que contratar personal, los cesanteados tendrán prioridad, siguiendo el orden de antigüedad en la reposición.

Sin embargo, se añade que el patrono podrá escoger, tanto para el despido como para la nueva contratación, a los empleados por su desempeño, productividad y eficiencia, y no por su antigüedad.

El empleado podrá reclamar salarios al patrono en el transcurso de un año y no de hasta tres como es ahora; y podrá también transar reclamaciones por despido después de que haya sido cesanteado.

Otro cambio en la medida está la relacionada con la Ley 100 de 1959, ya que elimina la presunción de discrimen y establece que se seguirá la regla evidenciar bajo la ley federal.

REDUCCIÓN DE LICENCIAS. En cuanto al derecho al disfrute de vacaciones y días por enfermedad, el proyecto disminuye la cuantía de días para los empleados contratados después de aprobada la medida. Además, aumenta el requisito mínimo de horas trabajadas – de 115 a 130 horas al mespara tener derecho a dicho beneficio.

Los nuevos empleados acumularían en su licencia de vacaciones, a razón de 1/2 día al mes durante el primer año; 3/4 de día mensuales después del primer año hasta el quinto año; un día después del quinto año, hasta 15 años acumularían a razón de un día por mes; y después de 15 años de trabajo, lograrían acumular 1 y 1/4 día mensual si se trabaja a tiempo completo. Es decir, el empleado ahora disfruta de 15 de vacaciones al año, pero el nuevo tendrá que esperar 15 años para acumular esa cantidad. La licencia de enfermedad será de nueve días al año, tres menos que al presente.

Los empleados nuevos acumularán licencia por vacaciones una vez cumplan seis meses en el trabajo y será retroactiva a la fecha de comienzo del empleo. Y si el patrono tiene 12 empleados o menos, ambas licencias se reducirán a seis días al año cada una. Esa cantidad de días se mantendrá inalterada mientras el patrono mantenga la nómina en 12 o menos, no importa el número de años que elempleado lleve en la empresa.

BENEFICIO POR DESEMPLEO. Aunque el proyecto busca crear empleos, incluye una enmienda para subir el beneficio por desempleo. A partir del 1ro de julio de 2018 el pago máximo por desempleo incrementará a $190 semanales y a partir de julio de 2019 el pago máximo llegará a $240 semanal. Para ello, se propone que los patronos aumenten desde el 1ro de julio del presente año su contribución al desempleo, sobre los primeros $10,500 de salario pagado a cada empleado. Ahora, la base para la contribución son los primeros $7,000. Los patronos han expresado su oposición a esta propuesta y al cierre de esta edición, habían posibilidades de que la Legislatura modificara el lenguaje.

OTROS CAMBIOS. El proyecto concede a las madres lactantes que laboren a tiempo parcial 30 minutos para extraerse la leche, por cada cuatro horas corridas que trabajen al día.

No obstante, si la madre lactante trabaja en un negocio pequeño, definido por la Administración federal de Pequeños Negocios -y no según el gobierno local-, y labora a tiempo completo tendrá media hora por jornada diaria, dividido en dos periodos de 15 minutos; y si labora a jornada parcial tendrá 15 minutos después de la cuarta hora. Si el patrono incumple en otorgarle el tiempo, la perjudicada podrá reclamar una indemnización no menor de $3,000.

El proyecto de Reforma Laboral en general, “no será el proyecto perfecto”. opinó la presidenta de Danosa Caribbean. Pero Rivera concluyó que la medida “flexibiliza las leyes para que podamos reconocer a los empleados más productivos”.

No será el proyecto perfecto, pero flexibiliza las leyes para que podamos reconocer a los empleados más productivos” Waleska Rivera Presidenta de Danosa Caribbean, y expresidenta de la Asociación de Industriales “Es voluntario, pero si te voy a contratar yo te digo: aquí hay ‘flexitime’. Si quieres trabajar, tienes que firmar que lo aceptas” JORGE CAPÓ Abogado

Para leer la noticia origina ver periódico El Nuevo Día, sección de Negocios el día 15 de enero de 2017. páginas 6 y 7.

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